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martes, 15 de junio de 2010

Declaraciones: Joan Garcés (Público)


Abogado español

Sobre dos genocidios

España ha sido la primera y última batalla de la Segunda Guerra Mundial. Entre el 17 de julio de 1936 y el 1 de abril de 1939, la resistencia fue sobrepasada por la intervención del III Reich y la Italia de Mussolini. El 1 de septiembre de aquel año, Polonia era invadida. El costo humano, cultural y económico fue devastador para España. Las libertades civiles y políticas fueron radicalmente suprimidas durante la más prolongada dictadura fascista de Europa, hasta 1977.
Las actuales generaciones quieren conocer lo que pasó: las causas y consecuencias. Una acción cívica democratizadora se está desarrollando en España. Les pide a los tribunales que apliquen las leyes.
Vivir en democracia requiere conciencia, voluntad, esfuerzos constantes. Los cimientos institucionales y normativos de la Europa construida a partir de 1945 no son compatibles con la ocultación e impunidad de crímenes de genocidio y lesa humanidad. Se le recuerda a Turquía, cuando solicita ingresar en la Unión Europea, que antes debería reconocer y condenar el genocidio de los armenios de 1915-17 (entre 250.000 y 500.000 muertos, según las autoridades turcas; más de millón y medio, según las víctimas.
El costo de la impunidad de este genocidio ha sido incalculable. Un documento identificado como L-3, exhibido ante el Tribunal de Nüremberg, contiene el mensaje en que el canciller Hitler comunicaba a sus generales, el 22 de agosto de 1939, la decisión de invadir Polonia: “He ordenado –y haré fusilar a quienquiera que haga la menor crítica– que la finalidad de nuestra guerra no es alcanzar determinadas líneas, sino la destrucción física del enemigo. En consecuencia, están listas mis formaciones de la calavera [SS-Totenkopfverbände] –por ahora sólo en el Este– con órdenes de matar, sin misericordia ni compasión, a hombres, mujeres y niños de origen y lengua polacos. Sólo así conseguiremos el espacio vital (Lebensraum) que necesitamos. Después de todo, ¿quién habla hoy de la aniquilación de los armenios?”.
Esa voluntad de exterminio se estaba aplicando en España desde el 17 de julio de 1936 contra los partidarios de la forma republicana de gobierno, al tiempo que se prohibía a los tribunales de Justicia investigarlo. La consecuencia es que, desde entonces, aquellos han estado cerrados para investigar los actos de genocidio, de crímenes de lesa humanidad y de guerra. En España no se ha exigido responsabilidad a ningún juez o funcionario por su contribución a la inacción del derecho, a diferencia de lo ocurrido al ministro de Justicia alemán Franz Schlegelberger, juzgado en 1946 porque “la prostitución de un sistema judicial para lograr fines criminales implica un elemento de maldad hacia el Estado que se encuentra en atrocidades manifiestas que ensucian las togas de los jueces”.
Sin embargo, desde el restablecimiento de la forma representativa de gobierno en 1977, España ha incorporado a su derecho interno el construido sobre la derrota del nazi-fascismo en 1945. Rigen hoy en España normas que sancionan aquellos graves delitos, que los declaran imprescriptibles y no amnistiables. En 2006, varias asociaciones de víctimas solicitaron investigarlos, así como localizar a los más de 115.000 detenidos y desaparecidos. Pidieron también encontrar a más de 30.000 niños secuestrados a familias republicanas y entregados a familias franquistas que, habida cuenta de su edad, cabe presumir que con su identidad cambiada siguen vivos en su mayoría. Por reparto correspondió conocer de estas denuncias a un juzgado central de instrucción que, tras indagaciones preliminares, abrió una investigación formal el 16 de octubre de 2008, la primera desde el 17 de julio de 1936 (la documentación de este proceso se actualiza regularmente en www.elclarin.cl, sección “España”).
La reacción ha sido inmediata. En diciembre de 2008 se prohibió al juzgado proseguir la investigación; en 2010 se ha suspendido en sus funciones al titular, derribándose así pilares constitucionales como los de la independencia e inamovilidad judicial, mientras se prepara una sentencia destinada a mantener cerradas las puertas de los tribunales. En paralelo, en septiembre de 2009 se enmendó la ley para dificultar la persecución de los delitos de esa naturaleza bajo los principios de la jurisdicción universal.
Mientras a Turquía se le exige hoy reconocer el genocidio de 1915 –habida cuenta del trágico uso que se hizo de su olvido–, en el otro extremo del Mediterráneo se intenta seguir impidiendo la investigación del de los republicanos españoles –en un contexto económico que el presidente del Banco Central Europeo, Jean-Claude Trichet, en declaraciones a Der Spiegel el mes pasado, describía como el quizás más difícil desde 1918 (lo que incluye el período fascista)–. Es de interés general abrir los tribunales al conocimiento de uno de los mayores crímenes de nuestro tiempo antes de que se revuelva la bestia.

http://blogs.publico.es/dominiopublico/2078/sobre-dos-genocidios/

miércoles, 26 de mayo de 2010

Declaraciones: Jose Antonio Martín Pallín (El Periódico)


Magistrado. Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas.

Por encima de la ley

El debate sobre la causa penal abierta al juez del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, ha adquirido dimensiones mundiales y provocado pronunciamientos desde todos los rincones de la tierra. La controversia jurídica se ha inclinado abrumadoramente a favor de los que propugnamos la necesidad y la obligación de perseguir los crímenes de una dictadura que fue condenada por la opinión pública internacional hasta el final de sus días. La Cumbre Europa Iberoamérica y el Caribe, desarrollada hace unos días en Madrid, participa de esta corriente y de forma en cierto modo admonitoria nos recuerda la obligación de adoptar las medidas necesarias para erradicar la impunidad de los crímenes contra la humanidad.

La resolución judicial que ha considerado prevaricadora una parte de los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo sitúa el delito de rebelión militar, cometido por los militares golpistas contra la legalidad y el Gobierno republicano, en sus justos términos jurídicos, democráticos e históricos. El juzgado decide investigar también las más de 100.000 desapariciones precedidas por ejecuciones extrajudiciales y «los casos de aquellas personas que durante su primera infancia o preadolescencia fueron ‘sustraídos’ ‘legal’ o ilegalmente a su madres naturales durante la guerra o principalmente tras la misma, con la cobertura aparente del Estado». A partir de estos datos incontrovertibles, los argumentos a favor o en contra de la decisión judicial deben extraerse del derecho interno y del derecho internacional incorporado a la legislación española, al que todos debemos someternos por imperativo constitucional. Por eso resulta llamativo que personas con responsabilidades políticas relevantes y profesionales del mundo del derecho pretendan despachar la cuestión acudiendo a la simplificadora y rupestre argumentación de que nadie está por encima de la ley. Para llegar a esta obvia conclusión sin ruborizarse es mejor el silencio.
La inmunidad e inviolabilidad por crímenes contra la humanidad está en franco retroceso y ya no alcanza ni a los jefes de Estado. A partir del caso Pinochet, la Cámara de los Lores delimitó sus exactos y restrictivos límites. Dijo la mayoría que seguía vigente la inmunidad de los jefes de Estado por los delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, pero advertía de que no son funciones propias de un jefe de Estado torturar, ordenar ejecuciones sin garantías ni practicar sistemáticamente la desaparición forzada de personas mediante asesinatos extrajudiciales.

Nuestra Constitución reconoce la inviolabilidad de la persona del Rey y la coloca a resguardo de responsabilidades penales. Sin embargo, esta declaración debe ser matizada y reinterpretada a la luz del valor constitucional de los tratados firmados por España y, concretamente, el Estatuto de la Corte Penal Internacional que elimina la inviolabilidad de los jefes de Estado cuando cometan delitos castigados como genocidios de lesa humanidad, crímenes de guerra y crimen de agresión.
A propósito de la igualdad ante la ley, conviene recordar que tampoco el Tribunal Supremo, como institución, y sus componentes, como individuos, pueden ignorar la ley y situarse por encima de los mandatos expresos que se contienen en las normas. Volviendo a la investigación abierta por el juez del Juzgado de Instrucción Central número 5 de la Audiencia Nacional, la resolución judicial del juez Baltasar Garzón, que pone en marcha los procesos que han llevado a su inculpación como prevaricador, abarcaba varios sucesos relacionados con la guerra civil a los que ya hemos hecho referencia, que debieron ser valorados por parte del órgano judicial que está conociendo el enjuiciamiento, suspensión y futuro juicio del imputado. El juez Garzón puso en marcha, el 16 de octubre del 2008, una investigación con varios frentes. En primer lugar, destaca que los hechos que le habían sido denunciados nunca han sido investigados penalmente por la justicia española. El espacio reducido de un artículo periodístico nos obliga a fijarnos en un caso llamativo, que sitúa a los magistrados que llevan la causa en el Tribunal Supremo por encima o al margen de la ley.

Al margen de la discusión jurídica sobre la vigencia y alcance de la ley de amnistía, de 15 octubre de 1977, lo cierto e inamovible jurídicamente, desde que nuestro país estructuró el proceso penal en el año 1882, es que todo lo relativo a la concurrencia o no de la amnistía o indulto es una cuestión que debe dilucidarse dentro de un proceso penal. Es decir, lo ortodoxo, como ha hecho el juez Garzón, es abrir el proceso y, después de fijado el hecho y el posible autor, discernir si en el trámite previo al juicio oral o en la misma sentencia los hechos se declaran o no amnistiados. Esto ha sido así durante más de un siglo y no comprendemos las razones esgrimidas para cambiar el orden legal todavía vigente. Primero, investigar judicialmente y, después, si procede, amnistiar.

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=716541&idseccio_PK=1498

domingo, 23 de mayo de 2010

Declaraciones: Cristina Almeida 22/05/2010

Abogada y ex diputada de IU

En España la justicia es lenta. Es lenta para proteger los derechos y libertades de los ciudadanos. Es lento el Tribunal Supremo para resolver recursos. Es superlento el Constitucional para renovarse, gracias a que su situación actual aprovecha a determinados partidos políticos, y es provocadoramente lento para resolver un recurso por encima de voluntades autonómicas, acuerdos parlamentarios o referendos ciudadanos. Es lenta, sí, y eso ya no es justicia.

Pero estoy asombrada de la rapidez que tiene cuando quiere realizar injusticias o perpetrar atropellos jurídicos. Me imagino al magistrado Luciano Varela trabajando mañana, tarde y noche para resolver en un solo día más de cinco recursos, y en algún caso, sobre todo cuando se quiere defender a sí mismo, con muchísimos folios. Todo ello con una finalidad: que llegue al Consejo del Poder Judicial un auto apresurado, pero suficiente para él, por la finalidad que persigue, en el que inicia el juicio oral contra Baltasar Garzón. Un Garzón al que, por supuesto, Varela le ha denegado todas sus pruebas, al tiempo que se las ha admitido al seudosindicato Manos ¿qué?, al que, además, cual maestro ejemplar, le ha dictado, a su gusto, un escrito de acusación. El que supuestamente era el juez, con sus lecciones magistrales a Manos ¿qué?, se ha convertido de hecho en el único acusador de Garzón. Y todo ello en 24 horas. ¿Habéis conocido alguna vez, ciudadanos, profesionales del Derecho, tal rapidez?

Y en cuanto al Consejo del Poder Judicial, ¿habéis observado la celeridad sorprendente de que en dos días se convoquen las reuniones necesarias para poder suspender al juez Baltasar Garzón, y esta se acuerde con presteza y unanimidad? La consumación de la injusticia fue rápida, en dos horas despacharon el tema y, acto seguido, llamaron por teléfono a Garzón para decirle que estaba suspendido en sus funciones y que tenía que dejar la Audiencia Nacional. Y ahí se terminaron las prisas. Misión cumplida: el juez Garzón había sido humillado.

Se rechazó incluso la posibilidad de dar una salida digna, por temporal que fuera, al asunto accediendo previamente a que Garzón se fuera en comisión de servicios a La Haya. Esto ya no tenía tanta prisa y se vería después. Porque somos mayoría los que tenemos la seguridad de que, en algún momento, nuestros tribunales verán la razón y desmontarán toda esta trama de envidias, rencillas y disparates jurídicos que estamos viviendo, y de que, si llega a ser juzgado, Garzón será absuelto.

Se nos ha dicho que el Consejo del Poder Judicial no tenía más remedio que suspender al magistrado una vez que había recibido el auto de apertura del juicio oral. ¿Pero se preocuparon sus señorías del Consejo de averiguar el porqué de la rapidez del juez Varela? Si ese auto es firme porque en principio no tiene recurso, ¿no recibieron ninguna noticia de que penden otros varios recursos ante la Sala del Tribunal Supremo, algunos de ellos de suma importancia, para no consumar este ataque sin precedentes a Garzón?

Quiero recordar que existen dos recursos, de importancia extrema, para resolver antes de seguir adelante. De un lado, la defensa de Garzón ha presentado recurso contra otro auto del rápido Varela haciendo constar que la instrucción no estaba terminada puesto que estaba recurrida la denegación de la totalidad de las pruebas solicitadas por el magistrado, lo que supone una absoluta indefensión.

Por otra parte, tanto el ministerio fiscal como la defensa de Garzón presentaron recursos de nulidad de actuaciones ante lo insólito del actuar del instructor dando instrucciones precisas tanto a Falange como a Manos ¿qué? para que volvieran a hacer los escritos de acusación en la forma que él les indicaba, lo que evidencia una actuación totalmente contraria al procedimiento. El ministerio fiscal solicita que se tengan por no hechas en forma esas acusaciones y, en consecuencia, se archive el procedimiento.

Pero eso no importaba. Los miembros del Consejo ni tan siquiera concedieron una oportunidad a la Sala para conocer esos recursos determinantes a la hora de seguir o no con la acusación. Solo les interesaba suspender a Garzón. Los derechos y la justicia, ya se verá.

Sé que hay muchos jueces que no comparten esta concepción de la justicia. Sé que hay muchos que realizan un cotidiano trabajo, a veces extenuante, para impartir justicia a los ciudadanos. A todos y a todas les muestro mi respeto. Pero sí quiero expresar mi más rotunda indignación por lo que está ocurriendo con Garzón.

Después de 42 años como abogada, muchos luchando por una justicia democrática, que para nada existía en mis primeros tiempos de duro ejercicio profesional, cuando defendía a trabajadores y presos políticos durante el franquismo, no puedo quedarme impasible ante la posibilidad de que en nombre de la justicia, que recuerdo que "emana del pueblo", se puedan cometer este tipo de atropellos. La sociedad necesita sentirse amparada por la credibilidad y la confianza en sus instituciones de justicia, y hoy esa credibilidad está totalmente en entredicho, no solo en España, sino en todos los países democráticos.

Por ello termino al contrario de como empecé: la injusticia es rápida

jueves, 20 de mayo de 2010

Declaraciones de apoyo a Garzón: Juristas españoles

-Carlos Jiménez Villarejo, ex fiscal Anticorrupción
Artículo en el Periódico
El juez Baltasar Garzón se enfrenta al acoso de la trama Gürtel. Y habría que añadir, del Tribunal Supremo.

Entrevista
a El País
Hay un acoso organizado y sistemático contra el juez.

Acto
en La Complutense en apoyo a Garzón
Los magistrados del Tribunal Supremo han dado un golpe brutal a la democracia española convirtiéndose en instrumento de expresión del fascismo español. El juez Varela hablaba de la encomiable sensibilidad de los jueces del Supremo hacia los crímenes de la dictadura. ¡Pero si formaron parte del TOP hasta el año 76! ¡Fueron cómplices hasta el último día de las torturas de la Brigada Político Social que muchos de los que están aquí han sufrido (...). Y ahora se han puesto en manos de Falange. ¡Me produce bochorno!

-Gregorio Peces-Barba
, catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid. Uno de los 7 padres de la Constitución. (15/04/2010)
Creo que hemos llegado a un momento de locura. Tengo discrepancias con él pero debo decir que no es un prevaricador
Lo que quieren los familiares es que sus antepasados "sean enterrados de una manera digna"

-José María Mena, Ex fiscal jefe del TSJ de Cataluña
En la Universidad de Lleida, en un acto académico (18/05/2010)
No será el último exiliado del franquismo
Las heridas se deben limpiar para que puedan cicatrizar, cosa que no se ha hecho en este país. Los vencedores continúan teniendo ventajas respecto a los vencidos

¿Adiós Garzón?, Análisis en el Periódico
La noticia de la suspensión de Baltasar Garzón es una mala noticia.

El presidente del Consejo, con tono episcopal, pedía paz, es decir, silencio, para que los jueces trabajen con sosiego. Pero los jueces no pueden pedir silencio cuando trabajan en el corazón de un problema humano o social,
No es aceptable la petición de silencio, disfrazado de sosiego, sobre todo cuando son ellos mismos los que han armado el inmenso barullo.
es necesario volver a decir, alto y claro, que las tres querellas contra Garzón, sospechosamente coetáneas, sospechosamente admitidas pese a su triple inviabilidad, constituyen una agresión revanchista contra la independencia judicial, que ha desencadenado el natural escándalo jurídico y mediático, que ahora no es posible acallar.
ML y FE (me resisto a escribir los nombres de estos indeseables colectivos)