En primer lugar intentaré explicar en que consiste el proceso abierto contra Garzón cronológicamente:
-18 de octubre 2008: Baltasar Garzón se declara competente para investigar los crímenes cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo al entender que se trata de delitos de detención ilegal en un contexto de crímenes contra la humanidad. Además autoriza las exhumaciones de 19 fosas donde supuestamente se encuentran víctimas de la Guerra Civil. Esto no nace del capricho, sino de la denuncia de 22 asociaciones de familiaires de desaparecidos. La decisión de declararse competente contó desde el primer momento con la crítica de un determinado sector de la sociedad además de la oposición de la Fiscalía de la Audiencia Nacional contra este decisión.
-18 de noviembre: Declarada extinguida la responsabilidad penal por fallecimiento respecto de los delitos contra Altos Organismos de la Nación y de detención ilegal con desaparición forzada de personas en el contexto de crímenes contra la humanidad de Francisco Franco y otros 44 militares y miembros de sus primeros gobiernos. Se inhibe a favor de los Juzgados de Instrucción de las localidades a las que pertenezcan los lugares en los que estén ubicadas las fosas identificadas. Y precisa que hay que tener muy en cuenta los casos de aquellas personas que durante su primera infancia o preadolescencia fueron sustraidas de sus madres naturales durante la guerra o principalmente tras ella.
-28 de noviembre: La Audiencia Nacional decretó que no era competente para investigar la insurreción franquista por entender que se trató de un delito de rebelión y no de un delito contra Altos Organismos de la Nación y la forma de Gobierno, como mantenía el juez. La diferencia entre un delito y otro es importantísima pues mientras que la AN si es competente para conocer de delitos contra Altos Organismos de la Nación y la forma de Gobierno, no lo es para conocer del delito de rebelión.
-27 de mayo 2009: Es admitida a trámite, por el Tribunal Supremo, una querella del sindicato ultraderechista contra Baltasar Garzón por un supuesto delito de prevaricación.
30 de mayo: Recurre la decisión del TS de admitir a trámite la querrella de Manos Limpias. Garzón alega que los magistrados José Ricardo de Prada, Clara Bayarri y Ramón Saez mantuvieron que la AN era competente para investigar los crímenes de la dictadura al considerar el golpe de Estado franquista "un delito contra altos organismos de la nación y la forma de gobierno
-17 de junio: En contra de la opinión de la Fiscalía el recurso no es aceptado por el TS
-24 de junio: La Sala Penal del Tribunal Supremo admite a trámite una nueva querella contra el juez Baltasar Garzón de la asociación Libertad e identidad.
-9 de septiembre: Garzón declara ante el instructor Varela: "Con un respeto escrupuloso al principio de legalidad, como todo juez, interpreté unos hechos de apariencia delictiva para depurar responsabilidades y proteger a las víctimas. Es lo que he hecho siempre a lo largo de mi carrera"
-15 de septiembre: la defensa de Garzón presenta una resolución del CGPJ en su defensa pues ante las dos denuncias de Manos Limpias contra Garzón interpuesta en el CGPJ la comisión disciplinaria del Poder Judicial examinó en dos ocasiones las resoluciones de Garzón sobre el franquismo y no halló el menor indicio de irregularidad sancionable.
-13 de enero 2010: el Ts admite a trámite una querella de Falange Española de las JONS contra Garzón.
-4 de febrero: Varela desestima la petición de sobreseimiento formulada por la defensa de Garzón y por el fiscal del TS. Atribuye a Garzón un delito de prevaricación.
-9 de febrero: La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó por unanimidad iniciar los trámites para suspender de funciones al Baltasar Garzón.
-10 de febrero: Garzón presenta un recurso contra la decisión de Varela de no archivar la causa abierta contra él.
-25 de marzo: El Tribunal Supremo rechazael recurso de apelación de Garzón contra la negativa del instructor Luciano Varela a sobreseer el procedimiento.
-7 de abril: Varela deniega las pruebas solicitadas por Garzón y comunica que lo procesará por abrir sin competencias la causa por las desapariciones del franquismo. Varela transforma las diligencias en un procedimiento abreviado y da un plazo a las partes para formular un escrito de acusación. Varela asesoraría a Falange y Manos Limpias para que corrigieran los errores de sus escritos de acusación. Finalmente Falange sería expulsada del proceso.
-28 de abril: Varela admite a trámite la recusación presentada por Garzón. La recusación sería rechazada
-12 de mayo: Varela ordena la apertura de juicio oral contra Garzón
-14 de mayo: El CGPJ suspende a Garzón
-18 de mayo: El CGPJ autoriza el traslado de Garzón a La Haya como asesor externo de la CPI pero deniega que su traslado se realice en situación de servicios especiales. Esta jugada se la saca de la manga el CGPJ tras una interpretación maniquea del art 348 de la LOPJ. Utilzando este artículo el CGPJ ha decidido que Garzón no puede estar en suspensión de funciones y servicios especiales a la vez. El fallo ha contado con dos votos particulares y curiosamente uno es el del vocal "conservador" Antonio Dorado que ha solicitado que la resolución del CGPJ decidiera si aceptar o no la petición del juez pero no a modificarla como ha hecho.
Fuente: www.publico.es
http://www.elpais.com/especial/caso-garzon/
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